El presente Código de Ética, es una herramienta fundamental, para conducir la conducta, en los aspectos personal y académico, de las alumnas de la Facultad de Derecho.
Señala como objetivo principal, mejorar la conducta de las estudiantes, en los aspectos personal y académico, que de acuerdo a mi criterio, tal propósito es meritorio debido a que, engloba dos aspectos fundamentales, que necesariamente deben coexistir, permitiendo de esta manera un desarrollo integral. A la vez establece, el respeto de la dignidad de todas las personas, fortaleciendo de esta manera, lo consagrado en el art. 1 º de la Constitución: “el fin supremo de la sociedad y el estado es la defensa de la Persona y el respeto por su dignidad”.
Cabe resaltar, que el art. 5º dispone, como fin supremo de la Educación, el desarrollo ético de la persona, orientándonos mediante este artículo, a respetar los derechos y valores de cada persona. Respecto a los principios y valores que inspiran a la conducta ética de toda estudiante de la Facultad de Derecho establecido en el art. 7 º y 8 art º, considero que las establecidas son las más importantes.
Por otra parte el art. 11º, hace mención acerca de actividades académicas y extracurriculares dirigidas a la formación integral de la estudiante, promovidas por la Facultad de Derecho, estimo que la promoción de actividades académicas y extracurriculares, resulta enriquecedor para las alumnas, ya que mediante estas, se desarrollaran diversas cualidades y se ponen en práctica, los conocimientos teóricos impartidos durante el transcurso de la carrera.
Para finalizar, quiero resaltar el art. 19º, donde señala: la estudiante que conozca de algún acto de deshonestidad académica o de inconducta sancionable, debe manifestarle al Presidente del Comité de Ética, ya que mediante este dispositivo se persuade a la alumna, a ser partícipe, del Código de Ética, no solo acatando lo establecido en esta, sino también realizando un rol activo.
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